Renovación de licencias de pilotos

REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LICENCIAS Y HABILITACIONES PARA PILOTOS

(RAV60.53)

Renovación de la licencia activa o con menos de tres meses de vencimiento:

(1) El titular de una licencia de piloto activa o con menos de tres meses de vencimiento, sólo podrá renovar las habilitaciones inscritas en la licencia,  si cumple con los requisitos de aptitud psicofísicos comprobados mediante un certificado médico vigente y los relativos a experiencia reciente,  establecidos como sigue:

El titular de una licencia de Alumno Piloto debe:

  • Acreditar constancia de estar inscrito en un centro de instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.

El titular de una licencia de Piloto Privado o Comercial de Avión o Helicóptero debe:

  • Acreditar constancia de haber mantenido lo concerniente a la Experiencia Reciente, en cada una de sus habilitaciones, durante la vigencia de las mismas y el último vuelo efectuado por cada habilitación a renovar debe estar comprendida dentro de los tres meses precedentes al momento de la renovación o demostrar la rehabilitación con un Instructor.
  • O Efectuar un entrenamiento inicial o recurrente en un Simulador de vuelo con nivel C o superior en el sistema de la habilitación a renovar.

(En otras palabras, debe acreditar horas de vuelo en aeronave o en simulador de vuelo POR CADA AERONAVE HABILITADA)

Si posee la habilitación especial de vuelo instrumental,

  • Acreditar Constancia de un mínimo de ocho (8) horas de vuelo instrumental efectuadas en un entrenador sintético de vuelo para renovar la habilitación especial de vuelo instrumental o acreditar constancia de simulador de vuelo  en un centro de entrenamiento reconocido por la Autoridad Aeronáutica en la habilitación de tipo a renovar, con una vigencia no mayor a doce (12) meses al momento de la renovación.

(En otras palabras, debe acreditar 8 horas de vuelo en simulador cada vez que vaya a renovar habilitación de vuelo instrumental.)


Renovación de una habilitación obtenida con anterioridad, pero que no se encuentre en una licencia activa:

El titular de Licencia de Piloto activa que desee reactivar una habilitación ya obtenida anteriormente, pero que no está inscrita en la Licencia deberá:

  • Efectuar recurrente de la Escuela en Tierra del sistema a Habilitar, en un Centro reconocido por la Autoridad Aeronáutica
  • Efectuar un mínimo de Cuatro (4) horas de entrenamiento con un Instructor del sistema a habilitar. (Siempre que sea de la flota de IDEA) o efectuar un entrenamiento inicial o recurrente en un Simulador de vuelo con nivel C o superior en el sistema a habilitar (en caso de requerir la habilitación para la realización de dicho entrenamiento, se solicitará ante Licencias una habilitación provisional condicionada para efectuar el mismo).
  • Efectuar una prueba práctica de vuelo ante la Autoridad Aeronáutica o en quien ella delegue, para verificación de competencia en cada habilitación.

 Renovación de una habilitación con licencia inactiva por un lapso superior a los tres (3) meses:

El titular de una licencia de piloto que permanezca tres (3) meses o más con la Licencia, por Categoría, inactiva

Debe solicitar la emisión de una licencia provisional con la cual procederá a iniciar la reactivación de sus atribuciones establecidas como sigue:

  • Presentar un curso recurrente correspondiente a la Licencia a reactivar, efectuado en un centro de instrucción aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la solicitud.
  • Efectuar recurrente de la Escuela en Tierra del sistema a Habilitar, en un Centro reconocido por la Autoridad Aeronáutica y Efectuar un mínimo de Seis (6) horas de entrenamiento con un Instructor del sistema a habilitar (Previa solicitud de Licencia Provisional) o efectuar un entrenamiento inicial o recurrente en un Simulador de vuelo con nivel C o superior en el sistema a habilitar (en caso de requerir la habilitación para la realización de dicho entrenamiento, se solicitará ante Licencias una habilitación provisional condicionada para efectuar el mismo).
  • Efectuar una prueba práctica de vuelo por parte de la Autoridad Aeronáutica o en quien ella delegue, para verificación de competencia por cada habilitación a reactivar.

Renovación de licencia de instructor:

La renovación de la Licencia de Instructor de Vuelo se producirá simultáneamente con la renovación de la Licencia y habilitaciones de pilotos, siempre y cuando su titular demuestre haber impartido instrucción de vuelo en cada uno de los equipos habilitados en sus licencia de instructor de vuelo durante los últimos seis (6) meses y en caso contrario deberá:

  • Acreditar constancia de recurrencia en metodología de la enseñanza por parte de un centro de instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
  • Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico practico que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento como Instructor de Vuelo en la categoría clase y tipo de la habilitación a reactivar expedida por un centro de instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
  • Si la habilitación es nueva, cumplir con lo establecido en la sección 60.45, lo inherente a habilitación de instructor de vuelo.
  • Aprobar una prueba práctica de vuelo para verificación de competencia, aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.

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